PINOS. El Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) se declaró incompetente en el caso de la ex tesorera municipal Yahaira Adilene Lugo Leyva, al no tratarse de un resultado de elección popular, por ello emitió un acuerdo de reencauzamiento en la denuncia interpuesta por la ex funcionaria.
La dependencia consideró que es el Órgano de Control del ayuntamiento y, en su caso, la LXIV (64) Legislatura, la que debe analizar el asunto y determinar lo que corresponde ante la denuncia de violencia política en razón de género por parte del alcalde Omar Téllez Aguayo y de la síndico Diana Contreras Silva.
Puntualizó que son los ayuntamientos los que tienen la autoridad para revocar sus acuerdos, ya sea de oficio o a petición de parte.
En tanto, la Legislatura estará facultada “para declarar nulos de pleno derecho los acuerdos a que se refiere, siempre y cuando no se hayan producido efectos de imposible reparación material, y en su caso, fincará las responsabilidades que correspondan a los miembros del ayuntamiento”.
SIN JURISDICCIÓN
En un documento emitido el 11 de octubre, el IEEZ refirió la recepción de la queja hecha por Lugo Leyva en su calidad de ex tesorera de Pinos, en la Unidad de lo Contencioso Electoral del instituto, en la que denunciaba diversos hechos y actos “que en su concepto pudieran llegar a constituir violencia política contra las mujeres en razón de género”.
Ante este hecho, la dependencia recordó que la denunciante “no es una servidora pública surgida como resultado de una elección popular”, por lo que el titular de la Coordinación de lo Contencioso Electoral, Marco Antonio de León Palacios, emitió el acuerdo de incompetencia en el caso.
Aclaró que “solo tiene competencia cuando el caso se relacione directamente con la materia electoral y si tomara una resolución [en la denuncia de Adilene Lugo] podría considerarse como ilegal y arbitraria y, por tanto, carente de efectos jurídicos”.