La inversión mixta y los Derechos Humanos
El primero de septiembre se presentó el segundo informe de la Presidenta de México, aunque los grandes temas que preocupan a los mexicanos, como lo es la seguridad pública, no fue abordado a profundidad en el mensaje, se puede percibir un lenguaje que busca desviar la atención y centrar la discusión en otros ejes que para este gobierno pueden considerarse prioritarios.
Desde el inicio de este sexenio se presentó el Plan México como una serie de estrategias que pretendía el gobierno para lograr el desarrollo económico en nuestro país. Uno de los elementos predominantes a lo largo del plan es la participación del Estado en prácticamente todas las áreas económicas, de tal forma que, según el mensaje oficial, el Estado recuperará la rectoría de la economía nacional para el desarrollo.
Estas estrategias de “inversión mixta” son una forma elegante de llamar al intervencionismo de Estado. El objetivo de estas líneas no es discutir si es bueno o malo, desde el punto de vista económico que el Estado participe en actividades económicas junto con la iniciativa privada, el objetivo de estas líneas es hablar de los derechos humanos y como éstos se pueden ver afectados o no, por la iniciativa privada y si la participación del Estado puede impactar en ellos también.
En la teoría clásica de los Derechos Humanos señalaba que el único responsable de violentar derechos humanos era el Estado.
Esa teoría fue evolucionando con el tiempo, al establecer que el Estado actúa por acción o por omisión y que en esas acciones u omisiones puede hacerse responsable de violación a derechos humanos, con el tiempo, esa teoría evoluciona al señalar que el Estado al no cumplir con la actualización normativa o al no exigir a los particulares que respeten la norma violenta los derechos humanos y que, en esos casos, los particulares también son responsables de esas violaciones a los derechos humanos.
En esos supuestos, entendemos que participan tres sujetos distintos con esferas de actuación distintas, por un lado, el particular que es víctima de la violación a sus derechos humanos, por otro lado, el Estado al no hacer lo que la ley le mandata hacer y por el otro, el particular que, al no cumplir con la norma violenta los derechos de los particulares.
Pero, ¿qué sucede cuando tanto el agente que es omiso en exigir el cumplimiento de una norma es también parte de la iniciativa privada que está violentando los derechos humanos? En otras palabras, el Estado es empresario socio de la iniciativa privada y al mismo tiempo debería ser quien garantiza que no se violenten los derechos de las personas en particular.
Ahí se da un claro conflicto de intereses, los derechos humanos y los mecanismos para su protección surgen ante la necesidad que tienen los particulares de ser defendidos ante el ejercicio autoritario del poder público; son instrumentos que ponen en manos de instancias jurisdiccionales o no jurisdiccionales autónomas el decidir sobre si hay o no una violación a los derechos humanos de los particulares.
Sin embargo, cuando el Estado regresa a ejercer su rol de patrón – empresario y socio de la iniciativa privada, que puede realizar o dejar de realizar acciones en el ámbito público para garantizar el correcto ejercicio de los derechos humanos de las personas, la población enfrenta una situación de doble vulnerabilidad, puesto que se enfrenta no a una empresa privada, sino al mismo Estado que puede violentar sus derechos humanos y ser omiso en la exigencia del cumplimiento de la normatividad.
Insisto, no se trata de discutir si es bueno o malo un modelo de inversión mixto, sino si el sistema jurídico mexicano de protección a los derechos humanos está preparado y tiene la solidez suficiente para lograr el efectivo ejercicio de los derechos y la defensa real en caso de vulneración.
