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    Opinión Por Dra en Derecho Maricela Dimas Reveles

    CONOCE TUS DERECHOS

    25 de marzo de 2026No hay comentarios4 Minutos de lectura
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    Derechos humanos para niños, niñas y adolescentes

    Hablar de derechos humanos para niños, niñas y adolescentes es reconocer que no son personas “en proceso” ni sujetos pasivos de protección, sino titulares plenos de derechos, con dignidad propia y capacidad progresiva para participar en las decisiones que afectan su vida. La infancia y la adolescencia ocupan un lugar central en el sistema nacional e internacional, pues representan no sólo el presente, sino también el futuro de nuestras sociedades.

    El punto de partida es el reconocimiento de que todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, principio consagrado en la Organización de las Naciones Unidas a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Sin embargo, la experiencia histórica demostró que la niñez requería una protección reforzada frente a condiciones de vulnerabilidad específicas, como la pobreza, violencia, discriminación o la explotación. Por ello, en 1989 se adoptó la Convención sobre los Derechos del Niño, el instrumento internacional más ampliamente ratificado en el mundo, que establece un marco integral de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales para todas las personas menores de 18 años.

    La Convención descansa en cuatro principios rectores fundamentales. El primero es el principio de no discriminación, que implica que todos los derechos deben garantizarse sin distinción alguna por motivo de origen étnico, género, discapacidad, condición social, nacionalidad o cualquier otra circunstancia. El segundo es el interés superior de la niñez que exige que, en toda decisión pública o privada que les afecte, se coloque en el centro la protección y desarrollo integral de sus derechos. El tercero es el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, entendido no sólo en sentido biológico, sino como el acceso a condiciones que permitan un crecimiento físico, emocional, intelectual y social pleno. Finalmente, el cuarto principio es el derecho a ser escuchados y a que su opinión sea tomada en cuenta conforme a su edad y madurez.

    En el contexto mexicano, estos principios encuentran sustento constitucional y legal. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) reconoce que todas las personas gozarán de los derechos humanos previstos en ella y en los tratados internacionales de los que el Estado sea parte; establece también la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar tales derechos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Asimismo, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes desarrolla un catálogo específico de derechos y crea el Sistema Nacional de Protección Integral, orientado a coordinar acciones entre autoridades de los tres órdenes de gobierno.

    Entre los derechos fundamentales se encuentra el derecho a la identidad, que incluye el nombre, la nacionalidad y el registro oportuno al nacer. Sin identidad jurídica, el ejercicio de otros derechos se ve severamente limitado. También destaca el derecho a vivir en familia, en un entorno libre de violencia, abandono y maltrato. La familia, en cualquiera de sus formas, constituye el primer espacio de cuidado, afecto y socialización.

    El derecho a la educación ocupa un lugar central, pues constituye una herramienta clave para romper ciclos de pobreza y exclusión. No se trata únicamente de acceder a la escuela, sino de recibir una educación de calidad, inclusiva, intercultural y con perspectiva de derechos humanos. La educación debe promover el respeto a la dignidad, la igualdad entre niñas y niños, y la cultura de paz.

    Otro derecho esencial es el derecho a la salud, que comprende servicios médicos oportunos y de calidad, acceso a vacunación, alimentación nutritiva y agua potable. La protección contra el trabajo infantil peligroso, la trata de personas, la explotación sexual y cualquier forma de violencia es igualmente prioritaria. La violencia contra la infancia, ya sea en el hogar, la escuela o el entorno digital, constituye una grave violación a los derechos humanos y exige respuestas integrales de prevención, atención y sanción.

    Un aspecto fundamental del enfoque actual es reconocer la participación de niñas, niños y adolescentes en la vida pública. Escuchar su voz en temas como medio ambiente, seguridad, educación o cultura fortalece la democracia y promueve una ciudadanía activa desde edades tempranas. La participación no es una concesión, sino un derecho.

    Asimismo, debe incorporarse la perspectiva de interseccionalidad, pues no todas las infancias viven las mismas condiciones. Las niñas, los niños indígenas, quienes viven con discapacidad, migran o se encuentran en contextos de violencia enfrentan barreras adicionales que requieren medidas específicas para garantizar la igualdad sustantiva.

    Garantizar los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes no es una tarea exclusiva del Estado. Involucra a familias, escuelas, comunidades, medios de comunicación y sociedad en general. Implica transformar prácticas culturales que normalizan la violencia o la exclusión y avanzar hacia entornos protectores y afectivos.

    Todos los derechos para todas las personas.

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