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    Opinión Por DRA. MARICELA DIMAS REVELES*

    CONOCE TUS DERECHOS

    3 de junio de 2026No hay comentarios3 Minutos de lectura
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    El derecho de niñas, niños y adolescentes a un ambiente libre de violencia

    La protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes constituye uno de los pilares fundamentales del Estado democrático de derecho y entre estos derechos, el de vivir en un entorno libre de violencia ocupa un lugar central, no solo por su reconocimiento en el marco jurídico nacional e internacional, sino por su impacto directo en el desarrollo integral de las personas.

    El artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece con claridad el principio del interés superior de la niñez, el cual debe orientar todas las decisiones y actuaciones del Estado, mandato que se ve fortalecido por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como por instrumentos internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, que reconocen su derecho a ser protegidos contra toda forma de violencia, abuso o maltrato, la violencia contra niñas y niños no se limita a expresiones físicas evidentes, sino que abarca también formas psicológicas, emocionales, digitales e incluso estructurales que, en muchos casos, permanecen normalizadas en distintos ámbitos de la vida cotidiana, lo que representa uno de los principales obstáculos para su erradicación, ya que invisibiliza prácticas que vulneran la dignidad y afectan profundamente su desarrollo emocional, social y cognitivo.

    Reconocer a niñas y niños como sujetos plenos de derechos implica transitar de una visión tutelar hacia un enfoque de derechos humanos, lo cual supone no solo protegerles, sino también garantizar su participación, escuchar su voz y asegurar que las políticas públicas y acciones institucionales respondan de manera efectiva a sus necesidades, entendiendo que el interés superior de la niñez no es una declaración abstracta, sino un criterio vinculante que exige decisiones concretas y acciones sostenidas.

    La prevención y erradicación de la violencia requiere una corresponsabilidad efectiva entre familia, escuela, sociedad e instituciones, pues no se trata de una tarea exclusiva del Estado, sino de un compromiso colectivo que demanda la construcción de entornos seguros, el fortalecimiento de la cultura de paz y la promoción de prácticas de crianza y educación basadas en el respeto y la dignidad humana.

    Por ello, las instituciones públicas de derechos humanos desempeñan un papel fundamental como garantes no jurisdiccionales, al promover, proteger, observar y difundir los derechos de la niñez, y su labor no se limita a atender vulneraciones, sino también a incidir en la transformación de las condiciones estructurales que las generan mediante acciones de sensibilización, capacitación y acompañamiento institucional.

    Los estándares internacionales en la materia subrayan la obligación de los Estados de adoptar medidas integrales para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la niñez, lo que incluye la generación de información, el diseño de políticas públicas eficaces y la articulación de esfuerzos entre los distintos órdenes de gobierno y la sociedad civil, garantizar un entorno libre de violencia para niñas y niños no es una aspiración retórica, sino una exigencia jurídica y ética, pues cada acto de violencia que se tolera o se ignora debilita el tejido social y compromete el futuro colectivo, mientras que cada acción orientada a su protección fortalece la legitimidad de las instituciones y reafirma el compromiso con los derechos fundamentales.

    Porque cuando se trata de la niñez, garantizar sus derechos no es solo una obligación del Estado, sino una expresión concreta de la ética pública que define quiénes somos como sociedad.

    TODOS LOS DERECHOS PARA TODAS LAS PERSONAS.

    *Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ)

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