Zacatecas.- Las elecciones judiciales previstas para este año no se pueden suspender a pesar de que el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Michoacán ordenó a los comités de evaluación suspender la selección de candidatos, advirtió Matías Chiquito Díaz de León, vocal ejecutivo de la junta local del Instituto Nacional Electoral (INE).
Argumentó que “hay un mandato constitucional en el artículo 41, base sexta, expresamente establecido desde la reforma de 1996, que dice que en materia electoral no procede la suspensión de actos. No hay posibilidad constitucional, y menos legal, de anular los procesos electorales”.
Aseveró que un amparo no procede contra normas de carácter general: “un principio general del Derecho es que no puedes ir contra la Constitución por esta vía. El amparo te protege contra actos de autoridad cuando éstas violan la Carta Magna, pero no puedes irte contra ella”.
No obstante, el comité de evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) sí suspendió el proceso.
Ante ello, el senador Gerardo Fernández Noroña anunció que “todas las personas que se registraron vía el Poder Judicial serán integradas al proceso, y si resultan en la insaculación [tómbola] serán candidatas en las elecciones del 1 de junio de 2025”.