Ciudadanía Digital Segunda parte
Comenzamos una nueva semana con el ánimo enfocado en los retos que trae consigo agosto, en esa idea, vamos a cerrar en esta colaboración el tema de la ciudadanía digital, entonces, ve por un buen café y a leer.
La ciudadanía digital es un concepto que se desprende de los derechos humanos de cuarta generación, ya que, si bien la tecnología ha demostrado ser un instrumento que abre oportunidades a las personas para insertarse en la sociedad de la información y del conocimiento, también surge con ello la necesidad de formarles para que realicen un uso exitoso, responsable y seguro de la red, esto es, se requiere construir esta ciudadanía.
En una era marcada por la innovación, pero a su vez por el incremento de los ciberdelitos, estamos conscientes de que no basta con saber ingresar a la web y navegar, es preciso hacerlo en un entorno seguro, con una administración adecuada del tiempo y saber cómo afrontar los riesgos de seguridad que existen en ese ecosistema, es por eso que existen cuatro dimensiones indispensables para un ejercicio efectivo de este derecho, entre los cuales figura en primer lugar, la alfabetización digital crítica.
Cuando hablamos de alfabetización digital en 2024, podemos entenderla como la adquisición de conocimientos y el desarrollo de habilidades para usar, comprender y evaluar de manera autónoma, las tecnologías digitales. (ciudadaniadigital.mineduc.cl)
Este concepto es fundamental en tanto que comprende la apropiación de herramientas por parte de los ciudadanos, para usar efectivamente las tecnologías, pero también la capacidad de tomar conciencia de la confiabilidad de las fuentes de información debido a que uno de los principales retos en la era digital, es el poder identificar la información falsa de la veraz; así como de la existencia de brechas, sesgos y repercusiones de las tecnologías, complementando con una visión reflexiva que permita visualizar distintas perspectivas.
El pensamiento crítico en esta construcción, juega un rol protagónico. El análisis, la comprobación, el razonamiento, la toma de decisiones y la resolución de problemas se suman a esta formación.
Lo cual da lugar a la segunda dimensión: el cuidado y las responsabilidades digitales. Es una máxima utilizada por los profesionales de la abogacía, la que establece que “a todo derecho, corresponde una obligación o un deber”, en ese orden de ideas, no es distinto en el caso concreto del derecho a las tecnologías de la información y comunicaciones.
Si bien un ciudadano digital tiene derecho a: acceder al mundo digital, resguardar su intimidad, a la protección de sus datos personales, a expresar libremente sus ideas, a la libertad de comunicarse, a la propiedad de su propia identidad, al consentimiento informado sobre la recopilación de sus datos, a ser olvidado en la web (derecho al olvido), al anonimato y a no ser pirateado, engañado o espiado, adquiere a la vez una serie de responsabilidades, entre las cuales podemos destacar: comunicarse respetuosamente incluso cuando no se esté de acuerdo en alguna idea o publicación, negarse a compartir información falsa, respetar los derechos de propiedad intelectual de los demás, no revelar información personal y privada de otras personas, no irrumpir en los sistemas cibernéticos sin permiso, comprender qué información no se debe compartir y proteger los inicios de sesión y contraseñas (McGowan, 2021).
La tercera dimensión, corresponde a la participación ciudadana digital, que con base en la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se define como: “el proceso de involucrar a los ciudadanos a través de las TIC en la formulación de políticas, la toma de decisiones y el diseño y la prestación de servicios, de manera que sea participativa, inclusiva y deliberativa” (Naciones Unidas, 2013).
Es decir, la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones de carácter público utilizando los medios digitales.
La cuarta dimensión, alude a la creatividad digital e innovación, que consisten en los procesos de generación de contenidos, expresión de ideas y planteamiento de propuestas para contribuir a la solución de problemas territoriales y globales, haciendo uso de herramientas y tecnologías digitales (ciudadaniadigital.mineduc.cl).
Todo esto nos permite reflexionar en el sentido de que no basta con la existencia del derecho en sí mismo, es precisa la generación de una serie de condiciones que, en este caso, se relacionan con la construcción de la ciudadanía digital, razón por la cual se han insertado contenidos alineados a este objetivo en diversos planes de estudios, aunque lamentablemente no en la generalidad.
En 2024, es imperativo tener presente que “la vida en línea, es la vida real”. ¿Y tú, ejerces estos derechos de manera responsable?
Escríbeme a: analilia.gmoncada@gmail.com
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