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    Inicio»Noticias»México»Triunfo de CSP es legítimo, determina TEPJF y batea nulidad
    México Por AGENCIA REFORMA

    Triunfo de CSP es legítimo, determina TEPJF y batea nulidad

    12 de agosto de 2024No hay comentarios2 Minutos de lectura
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    CIUDAD DE MÉXICO. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el triunfo de Claudia Sheinbaum como Presidenta de la República es legítimo, por lo que la petición de la Oposición de nulidad de la elección, por irregularidades, es infundada.

    Con esta decisión, el miércoles se declarará oficialmente la validez y calificación de la elección presidencial, para que el jueves se le entregue la constancia de Presidenta electa a la morenista.

    Los magistrados desestimaron las acusaciones de la ex candidata presidencial Xóchitl Gálvez, el PAN, PRD y PRI sobre que fue una contienda plagada de irregularidades, entre ellas la intromisión del Presidente de la República, coacción del voto, violencia e injerencia del crimen organizado, presión de sindicatos, uso indebido de recursos públicos y parcialidad del INE.

    De los seis magistrados, cuatro calificaron las denuncias como vacías, incoherentes, deficientes, absurdas, inconsistentes, aisladas o simples manifestaciones temerarias.

    Argumentaron que los denunciantes no presentaron pruebas de sus dichos y criticaron que únicamente se presentaran links de conferencias de prensa o notas periodísticas sobre presuntas anomalías.

    Algunos justificaron que esto les impidió entrar al análisis de fondo y otros afirmaron que lo que ahí aparecía eran hechos aislados.

    En contraste, los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora coincidieron en que si bien las irregularidades no son determinantes para anular la elección, el Tribunal Electoral no puede ser omiso o minimizar las anomalías que se registraron, pues sí las hubo e influyeron en la elección, entre ellas la intervención indebida del Presidente y las acciones del crimen organizado.

    Así, con cuatro votos contra dos se desechó la impugnación de Gálvez, al considerar que como no pedía la nulidad de la elección sólo una «sanción» al Presidente, no era procedente analizarla en el fondo, mientras que los recursos de los partidos de oposición se declararon infundados por carecer de pruebas y considerarse como hechos aislados.

    Claudia Sheinbaum Pardo Principales Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
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