ZACATECAS. El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) determinó nuevamente declarar la nulidad de la elección de la capital, luego de que la Sala Monterrey del Tribunal Electoral Poder Judicial de la Federación (TEPJF) turnara nuevamente el caso al organismo local.
Las magistradas Teresa Rodríguez Torres y Rocío Posadas Ramírez votaron en contra del proyecto para invalidar la elección, mientras que el magistrado José Ángel Yuen Reyes y la magistrada presidenta Gloria Esparza Rodarte votaron a favor.
Por tener ésta última la condición de presidenta se consideró el voto de calidad y se revocó la constancia de mayoría a Miguel Varela Pinedo, quien fue candidato de la coalición Fuerza y Corazón por Zacatecas (PRI-PAN-PRD).
El Trijez también instruyó a la Legislatura a que emita la convocatoria para una elección extraordinaria en la capital.
Según el proyecto de resolución, de 33 casillas impugnadas por recibirse la votación por personas no facultadas para ello, se determinó anular dos.
Al modificar los resultados en el cómputo de votos quedó en 4.58 por ciento la ventaja de Varela Pinedo sobre Jorge Miranda Castro, quien fuera candidato de Sigamos Haciendo Historia (Morena-PVEM).
En dicho proyecto, cuyo ponente fue Yuen Reyes, se concluyó que los resultados obtenidos no derivan del voto libre y auténtico de la ciudadanía.
La magistrada Rocío Posadas Ramírez aclaró que no compartía el sentido de la resolución. Alegó que no existía certeza de la diferencia de votos entre el primero y segundo lugar, “porque no se analizó si la totalidad de las casillas impugnadas fueron integradas por los funcionarios autorizados por la autoridad electoral”.
Consideró que no tuvo influencia en la elección la información del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) en la que mostraba una infografía de cómo votar, poniendo como ejemplo a la coalición del PRI-PAN-PRD.
“Tampoco estoy de acuerdo en que se haya violado el principio de separación Iglesia-Estado”, reviró en referencia a la reunión que el candidato impugnado tuvo con cofrades de Bracho; este encuentro, insistió, fue en sentido cultural, no religioso.
El magistrado José Yuen Reyes alegó que la resolución que les correspondía era referente a las 33 casillas señaladas por el Partido Acción Nacional (PAN), que se ordenó revisar, y en el estudio se concluyó que no elevaban el porcentaje de diferencia de ventaja a más de 5 por ciento.
De los otros señalamientos, mencionó que ya se habían discutido en la sesión del 5 de julio, “momento oportuno en el que se debió haber hecho todas estas manifestaciones”. Reiteró que la Sala Monterrey solo les ordenó revisar el asunto de las casillas.
Expuso que en la sección 1836 no se encontró el acta y las autoridades electorales no aportaron la lista nominal, “pero debemos recordar que al no haber una lista que permita contrastar la afirmación del partido y el mismo no hace valer mayores elementos, pues no podemos revocar o hacer un análisis”.
En la 1915, en los que se invirtieron los apellidos de una persona, argumentó que “eso es un error del partido y no estamos obligados nosotros a perfeccionar la impugnación”.
La magistrada Gloria Esparza estuvo a favor del proyecto y consideró que sí se violentó el principio de Iglesia-Estado.
Cabe señalar que el 5 de julio, el Pleno del Trijez anuló la elección de la capital por considerar que el candidato de la alianza Fuerza y Corazón por Zacatecas, Miguel Varela Pinedo, incurrió en actos anticipados de campaña.
