CIUDAD DE MÉXICO. En materia de salud, así como de protección y cuidado animal, las iniciativas presentadas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador buscan que la Constitución establezca que sea el Estado quien garantice la atención universal y gratuita a la población, así como la protección, y trato adecuado de los animales.
En el primer caso, se pretende modificar el artículo cuarto de la Constitución, el cual establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, con el fin de que se agregue que el Estado garantizará atención médica integral, universal y gratuita, incluyendo estudios médicos, intervenciones quirúrgicas y los medicamentos necesarios para garantizar este derecho.
Según la iniciativa, los gobiernos neoliberales entregaron un sistema de salud en crisis y la reforma busca dar cumplimiento al objetivo de garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria.
Respecto a la iniciativa en Materia de Protección y Cuidado Animal, se propone reformar el artículo tercero constitucional para agregar en el párrafo decimosegundo que los planes y programas de estudio deberán incluir la protección y cuidado de los animales.
Asimismo, se prohíbe el maltrato a los animales y se obliga al Estado mexicano a garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales en el artículo cuarto constitucional.
«Con lo anterior, se eleva a categoría constitucional el tema de protección de los animales, de acuerdo con su naturaleza, características y vínculos con las personas, así como para la prevención y prohibición del maltrato en la crianza y en el aprovechamiento de animales de consumo humano, y de medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.
«Finalmente, se propone establecer la facultad del Congreso de la Unión, en la fracción XXIX-G del artículo 73 de la Constitución, para expedir una ley general de protección y cuidado de los animales», indica.
Maíz libre se transgénico, garantía de agua, prohibición de fracking
En lo que corresponde a la iniciativa en materia de Derecho a la Alimentación, Medio Ambiente Sano y Derecho al Agua, se explica que la reforma busca declarar al País libre de maíz genéticamente modificado, como el transgénico, para siembra y consumo humano, así como el reconocimiento del maíz como alimento básico y elemento de identidad nacional.
También pretende autorizar asignaciones destinadas para garantizar el consumo personal y uso doméstico del agua y no otorgar concesiones en zonas con baja disponibilidad de agua en cantidad y calidad.
Igualmente busca impedir prácticas que dañan el medio ambiente y la salud de la población mediante la prohibición de las actividades de minería a cielo abierto y del fracturamiento hidráulico (fracking) con agua como fluido base, para la extracción de hidrocarburos.
Para lograr el primer cometido, la iniciativa busca reformar el párrafo tercero del artículo cuarto constitucional, para reconocer que en su calidad de alimento básico y elemento de identidad nacional, el maíz para consumo humano debe estar libre de modificaciones genéticas, como las transgénicas.
De igual forma, se reforma el párrafo primero de la fracción XX del artículo 27 constitucional, para garantizar que el Estado fomente la actividad agropecuaria y forestal para el uso óptimo de la tierra libre de cultivos y semillas de maíz genéticamente modificadas.
En tanto que con la finalidad de asegurar la mayor garantía y protección del derecho humano al agua de la población, se propone reformar el párrafo sexto del artículo cuarto de la Constitución para establecer la preferencia del consumo personal y doméstico de agua sobre cualquier otro uso.
De igual forma, la iniciativa propone reformar el párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución para prohibir el otorgamiento de concesiones de agua en aquellas zonas con escasez de agua, es decir, que esté en riesgo la disponibilidad de agua para consumo de las personas y uso doméstico.
La presente reforma propone además modificar la redacción del párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución con el objeto de prohibir tanto el otorgamiento de concesiones como las actividades de exploración, explotación, beneficio, uso o aprovechamiento de minerales, metales o metaloides a cielo abierto, con la adición de que se sancionarán a las personas que realicen esas actividades.
«Se considera necesaria la modificación constitucional del párrafo séptimo del artículo 27 constitucional para prohibir el otorgamiento de contratos o cualquier medida administrativa que permita la extracción de hidrocarburos líquidos y gaseosos a través del fracking o fracturamiento hidráulico, por lo que también se establece que se sancionarán a las personas que realicen cualquier actividad relacionada con este tipo de extracción».