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    México Por REFORMA

    Concretan gratuidad absoluta a servicios médicos

    30 de noviembre de 2020Actualizado:19 de febrero de 2024No hay comentarios3 Minutos de lectura
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    CIUDAD DE MÉXICO. La Secretaria de Salud (Ssa) publicó un acuerdo para concretar la gratuidad absoluta en servicios médicos a la población que carece de seguridad social, ordenada por la reforma de 29 de noviembre de 2019 a la Ley General de Salud (LGS), vigente desde el 1 de enero de 2020.

    El acuerdo del titular de la Ssa, Jorge Alcocer, elimina por completo el cobro de cuotas de recuperación según el nivel socioeconómico del paciente en hospitales controlados por la Secretaría, que a estas alturas ya incluyen la mayor parte de los hospitales de gobiernos estatales, que pasaron a control del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi).

    «Resulta necesario establecer los criterios generales para la implementación de la gratuidad para la atención hospitalaria de pacientes en los establecimientos que presten servicios de atención médica de esta Secretaría y de las entidades coordinadas por la misma», explica el acuerdo, publicado en la edición vespertina del Diario Oficial.

    El cambio consiste en reformar la tabla del punto cuarto de un acuerdo expedido el 27 de mayo de 2013 por la entonces titular de la Ssa, Mercedes Juan, para fijar los criterios que determinaban la clasificación socioeconómica de usuarios del Seguro Popular, desaparecido con la reforma de 2019.

    En dicha tabla, están previstos siete niveles socioeconómicos, cuyo único objetivo era «determinar el monto del subsidio que obtendrá el paciente, respecto del costo de los servicios de atención médica que se ofrecen en los establecimientos que prestan servicios de atención médica de la Secretaría y de las Entidades Coordinadas».

    En el acuerdo de 2013 solo estaba exento de pago el más bajo de los siete niveles, calculados con base en variables como empleo, ingreso, tipo de vivienda y de enfermedades.

    En la nueva versión, los siete niveles quedan exentos, por lo que el estudio socioeconómico ya no se hará para fines de pago de cuotas a los hospitales.

    Esto incluye, en los niveles más altos de la tabla, a personas que no tienen seguridad social por no cotizar en el IMSS o ISSSTE, pero que pueden ser profesionistas, técnicos o científicos, que viven en casa propia con todos los servicios.

    Según la LGS, el derecho de este grupo -alrededor de 64 millones de personas-, a recibir atención gratuita, incluye no cubrir ningún tipo de cuotas de recuperación o cualquier otro costo por los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que reciban.

    En otro punto del acuerdo de 2013 que fue reformado, el sexto, se eliminó la mención al pago de cuotas de recuperación a Institutos Nacionales de Salud, Hospitales Federales de Referencia, Regionales de Alta Especialidad y unidades adscritas a los Servicios de Atención Psiquiátrica.

    El Gobierno federal o los estatales son los que tendrán que reembolsar a dichas instituciones por todos los costos de atender a estos pacientes.

    Por: Víctor Fuentes

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