ZACATECAS. La falta de nombramiento de dos magistrados, insuficiente personal, la saturación de internos en el penal de Cieneguillas y hasta elementos externos, como la falla en servicios de comunicación, retrasan la resolución de los juicios.
Carlos Villegas Márquez, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas (TSJEZ), reconoció que mantenerse con 11 de las 13 magistraturas “nos colapsa, porque finalmente necesitamos señalar fechas para audiencias, el análisis de cada uno de los temas”.
En febrero, María Isabel Carrillo Redín y Jorge Ovalle Beltrán cumplieron su ciclo como magistrados, pero aún no se cubren dichos cargos.
Villegas Márquez aseguró que ya habló del tema con el gobernador David Monreal Ávila y se revisaron perfiles. “La lógica me indica que se espera que nada más pase este proceso electoral”, expuso.
Reveló que otra problemática para el Poder Judicial es la saturación de presos en el penal de Cieneguillas, pues hubo traslado a otros centros penitenciarios y los procesos se tienen que llevar allá, lo que también retrasa los juicios.
Otros trámites se vieron afectados por fallas en el Internet, además de la acumulación de casos por resolver.
“Las cargas de trabajo cada vez han ido aumentando más. Tenemos un estado de fuerza laboral muy básico y de pronto andamos cerrando un juzgado para abrir otro”, puntualizó el presidente del TSJEZ.
Juicios de dos años
El magistrado presidente expuso que, por norma constitucional, los casos debieran resolverse en un plazo no mayor a dos años.
En asuntos de delitos de alto impacto, como homicidio, feminicidio o secuestro, destacó que hay casos que se resolvieron en solo días, aunque comúnmente los acusados recurren a los amparos.
Si un acusado es sorprendido en flagrancia, entre investigación, periodos de prueba y audiencia, el tiempo estándar sería de ocho a nueve meses, explicó. Sin embargo, “si ejerce su derecho de defensa podemos llegar a tres o cuatro años”.
Hay procesos en los que el acusado “no tiene para dónde correr” y acuerda un juicio abreviado para tener una resolución pronta.
Prisión preventiva, vigente
Con respecto a pronunciamientos que advierten de un supuesto peligro por la desaparición de la prisión preventiva oficiosa con nuevas disposiciones jurídicas, explicó que esto no es así.
“Lo único que nos dicen es que no se imponga en automático, pero la prisión preventiva, como medida cautelar, existe, ya sea oficiosamente o debatida. La postura que se está fijando es que no se haga automático, que den la oportunidad a la defensa, al imputado de debatir este tema”, enfatizó.
Villegas Márquez explicó que un Ministerio Público puede pedir prisión preventiva siempre y cuando lo justifique. Citó el caso de un secuestro, en el que el acusado puede ser sentenciado a 40 años, el asunto contemplaría una medida cautelar, como la prisión preventiva.
Recordó que hay otras medidas cautelares como no acercarse a la víctima o salir del estado. Los jueces, refirió, deben analizar el contexto del caso, la situación de la víctima, del acusado y determinar si es procedente o no una prisión preventiva.